Texto de Cirugía Pediátrica


 

 


             
 

Bioética.
Consentimiento informado.

¿ Qué es el paternalismo ?


La esencia del paternalismo es “la búsqueda del bien de otra persona desde un nivel de preeminencia que permite prescindir de la opinión de esa otra persona”. Y esto ha sido el fundamento del principio de beneficencia al enfermo, que siempre ha formado parte de la tradición médica. El paternalismo, aplicado a la relación médico-enfermo puede ser definido de la siguiente manera: “el paternalismo médico es la tendencia a beneficiar o a evitar daño a un paciente atendiendo a los criterios y valores del médico antes que a los deseos u opciones del enfermo “competente”. No considera necesario informar siempre al enfermo, y el consentimiento de éste puede incluso ser pasado por alto si el caso lo requiere”

El concepto decisivo en esta definición es el de “enfermo competente” para decidir. Es importante darse cuenta de que el dictamen sobre la competencia de un enfermo depende a su vez del grado de paternalismo del médico. Por ello resulta necesario complementar la anterior definición ofreciendo un criterio de medida del grado de paternalismo del médico. Este criterio de medida puede ser el siguiente: una buena medida del grado de paternalismo de un médico viene dada por el porcentaje de sus enfermos a los que él mismo no considera competentes para tomar las decisiones o maduros para recibir todo tipo de información. Según este último criterio, el 100 sería la medida del “paternalismo absoluto”, y el 0 la del "autonomismo a ultranza”. Tradicionalmente los médicos se habían reservado el derecho de fijar este porcentaje, de manera que un gran número de enfermos eran considerados “incompetentes” en la práctica.

En el nuevo modelo autonomista el principio de beneficencia del médico tropieza con las limitaciones impuestas por el reconocimiento de la autonomía que tiene el enfermo para decidir según sus propios valores.

La superación del paternalismo ha sido el resultado de un largo proceso histórico que ha venido afectando desde la Edad Moderna a todo tipo de relaciones humanas. Y que ha llegado finalmente a la Medicina. Durante las edades antigua y media el arquetipo de todas las relaciones humanas era “vertical” y estaba inspirado en la relación padre con sus hijos. En la edad moderna comenzó a considerarse ideal otro tipo de relación más horizontal. Y los modelos paternalistas fueron desapareciendo sucesivamente, primero en la religión y después en la política.

Los escritos de John Stuart Mill suministraron una importante base teórica contra el paternalismo. En 1859 este filósofo llegó a afirmar: “La única libertad que merece este nombre es la de buscar nuestro propio bien, por nuestro camino propio, en tanto no privemos a los demás del suyo, ...Sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y espíritu el individuo es soberano".

Este movimiento pluralista, autonomista y democrático ha inspirado a las sociedades occidentales desde hace varios siglos. Pero no había llegado a la actividad médica hasta fechas muy recientes. El acceso de los enfermos al control de la información y la decisión, es la vía por la que ha llegado esa mentalidad moderna a la medicina. Expresiones de esta mentalidad son “Las declaraciones de los derechos de los enfermos" y en particular, la doctrina del “consentimiento informado”.

La primera vez que se aplicó legalmente el término “consentimiento informado” a la relación médico-paciente fue en el año de 1957. Ocurrió en un juicio en el que se juzgaban las responsabilidades por una paraplejia producida por una aortografía translumbar, cuyos riesgos no habían sido advertidos previamente al paciente. Un juez estadounidense sentenció al respecto: “Un médico viola su deber hacia su paciente y es sujeto de responsabilidades si no proporciona cualquier dato que sea necesario para fundamentar un consentimiento inteligente al tratamiento propuesto. En la discusión de los riesgos se debe emplear una cierta dosis de discreción consistente con la completa revelación de los hechos que es necesario para un consentimiento informado". Dicha sentencia sentó una importante jurisprudencia, si bien dejó muchas cuestiones sin resolver acerca de los modos concretos de entender y de aplicar el concepto de consentimiento informado. Fuera de los Estados Unidos, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa aprobó en 1976 un documento que reconocía el derecho a la información entre los derechos básicos de los enfermos. Y ha sido en los años ochenta cuando han ido desarrollándose las distintas legislaciones nacionales sobre consentimiento informado. Así pues el consentimiento informado es, tras todos estos desarrollos históricos, un derecho humano individual que debe añadirse a la lista clásica junto a los derechos a la vida, la salud, la libertad y la propiedad. El consentimiento informado es el elemento central de la relación médico-paciente en el nuevo modelo autonomista de asistencia médica.


Fernando Fierro Ávila
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