La esencia del paternalismo es “la búsqueda del
bien de otra persona desde un nivel de preeminencia que permite
prescindir de la opinión de esa otra persona”.
Y esto ha sido el fundamento del principio de beneficencia al
enfermo, que siempre ha formado parte de la tradición médica.
El paternalismo, aplicado a la relación médico-enfermo
puede ser definido de la siguiente manera: “el paternalismo
médico es la tendencia a beneficiar o a evitar daño
a un paciente atendiendo a los criterios y valores del médico
antes que a los deseos u opciones del enfermo “competente”.
No considera necesario informar siempre al enfermo, y el consentimiento
de éste puede incluso ser pasado por alto si el caso lo
requiere”
El
concepto decisivo en esta definición es el de “enfermo
competente” para decidir. Es importante darse cuenta
de que el dictamen sobre la competencia de un enfermo depende
a su vez del grado de paternalismo del médico. Por ello
resulta necesario complementar la anterior definición ofreciendo
un criterio de medida del grado de paternalismo del médico.
Este criterio de medida puede ser el siguiente: una buena medida
del grado de paternalismo de un médico viene dada por el
porcentaje de sus enfermos a los que él mismo no considera
competentes para tomar las decisiones o maduros para recibir todo
tipo de información. Según este último criterio,
el 100 sería la medida del “paternalismo absoluto”,
y el 0 la del "autonomismo a ultranza”. Tradicionalmente
los médicos se habían reservado el derecho de fijar
este porcentaje, de manera que un gran número de enfermos
eran considerados “incompetentes” en la práctica.
En
el nuevo modelo autonomista el principio de beneficencia del médico
tropieza con las limitaciones impuestas por el reconocimiento
de la autonomía que tiene el enfermo para decidir según
sus propios valores.
La
superación del paternalismo ha sido el resultado de un
largo proceso histórico que ha venido afectando desde la
Edad Moderna a todo tipo de relaciones humanas. Y que ha llegado
finalmente a la Medicina. Durante las edades antigua y media el
arquetipo de todas las relaciones humanas era “vertical”
y estaba inspirado en la relación padre con sus hijos.
En la edad moderna comenzó a considerarse ideal otro tipo
de relación más horizontal. Y los modelos paternalistas
fueron desapareciendo sucesivamente, primero en la religión
y después en la política.
Los
escritos de John Stuart Mill suministraron una importante base
teórica contra el paternalismo. En 1859 este filósofo
llegó a afirmar: “La única libertad que
merece este nombre es la de buscar nuestro propio bien, por nuestro
camino propio, en tanto no privemos a los demás del suyo,
...Sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y espíritu
el individuo es soberano".
Este
movimiento pluralista, autonomista y democrático ha inspirado
a las sociedades occidentales desde hace varios siglos. Pero no
había llegado a la actividad médica hasta fechas
muy recientes. El acceso de los enfermos al control de la información
y la decisión, es la vía por la que ha llegado esa
mentalidad moderna a la medicina. Expresiones de esta mentalidad
son “Las declaraciones de los derechos de los enfermos"
y en particular, la doctrina del “consentimiento informado”.
La
primera vez que se aplicó legalmente el término
“consentimiento informado” a la relación
médico-paciente fue en el año de 1957. Ocurrió
en un juicio en el que se juzgaban las responsabilidades por una
paraplejia producida por una aortografía translumbar, cuyos
riesgos no habían sido advertidos previamente al paciente.
Un juez estadounidense sentenció al respecto: “Un
médico viola su deber hacia su paciente y es sujeto de
responsabilidades si no proporciona cualquier dato que sea necesario
para fundamentar un consentimiento inteligente al tratamiento
propuesto. En la discusión de los riesgos se debe emplear
una cierta dosis de discreción consistente con la completa
revelación de los hechos que es necesario para un consentimiento
informado". Dicha sentencia sentó una importante
jurisprudencia, si bien dejó muchas cuestiones sin resolver
acerca de los modos concretos de entender y de aplicar el concepto
de consentimiento informado. Fuera de los Estados Unidos, la Asamblea
Parlamentaria del Consejo de Europa aprobó en 1976 un documento
que reconocía el derecho a la información entre
los derechos básicos de los enfermos. Y ha sido en los
años ochenta cuando han ido desarrollándose las
distintas legislaciones nacionales sobre consentimiento informado.
Así pues el consentimiento informado es, tras todos estos
desarrollos históricos, un derecho humano individual que
debe añadirse a la lista clásica junto a los derechos
a la vida, la salud, la libertad y la propiedad. El consentimiento
informado es el elemento central de la relación médico-paciente
en el nuevo modelo autonomista de asistencia médica.
