¿
El paciente tiene capacidad decisoria ?
Un
paciente sólo podrá ejercer el consentimiento
informado cuando sea reconocido como competente para decidir,
o en capacidad decisoria. Existe capacidad para decidir cuando
se posee un conjunto de aptitudes, entre las que se pueden señalar
las siguientes:
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Aptitud para darse cuenta de la propia situación
y de las expectativas razonables.
- Aptitud para comprender la información relevante.
- Aptitud para deliberar sobre las opciones que se ofrecen,
de acuerdo con los objetivos personales y los valores
propios.
- Capacidad para comunicarse, verbalmente o no, con el
profesional de la salud.
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No obstante, la evaluación de la competencia se presta
a bastantes confusiones. Y ha podido comprobarse que los distintos
médicos utilizan criterios de competencia bastante diferentes
entre sí. Este problema tiene una gran importancia práctica.
Se puede errar por exceso o por defecto. Y tan perjudicial puede
ser declarar incompetente, como considerar competente a un paciente
que no lo es. Conviene por lo tanto, precisar ciertos conceptos.
El dictamen sobre la competencia de un enfermo depende a su vez
del grado de paternalismo de su médico. Pero, no obstante,
pueden persistir ciertas confusiones incluso cuando el paternalismo
ha sido reducido a su justo límite.
